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AP León, Sec. 3.ª, 206/2005, de 13 de septiembre. Recurso 171/2005

Ponente: LUIS ADOLFO MALLO MALLO
SP/SENT/76448
 Para facilitar las visitas del padre que reside fuera, se suprime la prohibición de que pernocte en el domicilio materno
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de 1ª. Instancia nº. 7 de LEON dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Estimando como estimo la demanda interpuesta por el procurador Sr. Diez Llamazares, en nombre y representación de Dº. Juan Ignacio, asistido del letrado Sr. Esteban Bueno Pérez, contra Dª. Leonor, representada por la Procuradora Sra. Revuelta Merino y asistida de la letrada Sra. Herminia Suárez Mata y habiendo intervenido el Ministerio Fiscal, debo declarar y declaro la disolución del matrimonio contraído por Dº. Juan Ignacio y Dª. Leonor por divorcio.
Se elevan a Medidas definitivas las acordadas en Convenio Regular de fecha 1 de febrero de 2001 respecto a la pensión de alimentos de los hijos menores Isabel y Rosendo y respecto a la pensión compensatoria de Dª. Leonor.
Se acuerda dejar sin efecto la pensión de alimentos de los hijos mayores Victor Manuel y Federico .
Se mantiene la guarda y custodia de los hijos menores Isabel y Rosendo con su madre.
En cuanto al régimen de visitas, conforme a lo solicitado por la actora, respecto a los menores Isabel y Rosendo, pero se desestima que se lleven a efecto en el domicilio de la madre y no podrá el exconyuge pernoctar en el domicilio de la demandada.
Se mantienen las actualizaciones anuales de las pensiones, según Convenio R