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AP Barcelona, Sec. 10.ª, 27/2004, de 27 de diciembre. Recurso 70/2004

Ponente: JOSE MARIA PIJUAN CANADELL
SP/SENT/92428
 El informe no revela la circunstancia de una eximente incompleta por la alteración psíquica que dice padecer
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada, en lo que importa a los efectos del presente recurso, es del tenor literal siguiente:
"Que debo condenar y condeno a Miguel como responsable criminal en concepto de autor de un delito contra la seguridad del tráfico, como autor de un delito de desobediencia grave y de una falta contra el orden público, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal en el primer delito, siendo de aplicación la atenuante analógica de embriaguez no habitual en el segundo, a la pena por el primer delito de seis meses de multa con una cuota diaria de 18 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y a dos años y tres meses de privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores, así como al pagos de las costas procesales.
Por el delito de desobediencia grave se le impone una pena de seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Por la falta contra el orden público se le impone la pena de veinte días de multa, con responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas impagadas.
Las multas impuestas se pagarán en un máximo de siete meses, seis de ellos con una cuota mensual de 540 euros, y uno más con una cuota de 324 euros, a abonar l