SP/SENT/97981
AP Málaga, Sec. 6.ª, 496/2006, de 28 de septiembre
Recurso 847/2006. Ponente: José Javier Diez Núñez.

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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Ante el Juzgado de Primera Instancia número Cinco (Familia) de Málaga se siguió proceso especial de divorcio número 1086/2005, del que este Rollo de Apelación dimana, en el que con fecha catorce de febrero de dos mil seis se dictó sentencia definitiva en la que se acordaba en su parte dispositiva: "FALLO: Estimar la demanda de divorcio interpuesta por D/ Patricia contra D/ Francisco, y en consecuencia debo acordar y acuerdo la disolución del matrimonio por divorcio de los expresados con todos los efectos legales, acordando como medidas definitivas: Primera: La guarda y custodia de los hijos menores comunes se atribuye a la madre quedando la patria potestad compartida con el otro progenitor. Segundo: Se fija como régimen de comunicación, visitas y tenencia en su compañía de los hijos menores con el padre el siguiente: El padre podrá comunicar y tener en su compañía la hija menor un fin de semana de cada dos, desde las 12 horas del sábado las 20 horas del domingo, la mitad de las vacaciones escolares (un mes en verano en quincenas alternas), eligiendo período los años pares el padre y los impares la madre. Los menores serán entregados por la madre y recogidos por el padre en el P.E.F. de Málaga, y devueltos por el padre en La Roda en el domicilio de la hermana de la madre que ésta deberá comunicar al padre en el plazo de cinco días desde esta sentencia. Tercera: Se fija como pensión alimenticia a favor de los hijos menores la cantidad mensual de 600 euros que deberá ingresar Don Francisco dentro d