CARGANDO...

SP/DOCT/111954

Jurisprudencia Comentada. Diciembre 2022

La anulación de una decisión arbitral por incumplimiento de garantías fundamentales

Paula Díaz Ronda. Departamento de derecho mercantil y bancario.
RESUMEN

Con carácter excepcional, cabe anular una decisión arbitral cuando se hayan incumplido procedimientos fundamentales; tales como la igualdad, la bilateralidad, el derecho de defensa o el de contraddción y prueba.

PALABRAS CLAVE

anulación, arbitral, garantías fundamentales

annulment, arbitration, fundamental guarantees

La sentencia del Tribunal Constitucional, Sala Segunda, 65/2021, del 15 de marzo reitera que cabe anular, con carácter excepcional, una decisión si se han incumplido las garantías procedimentales fundamentales como son: el derecho de defensa, igualdad, bilateralidad, contradicción y prueba, cuando el laudo adolezca de motivación o pueda calificarse esta como arbitraria. También podrá anularse si se han infringido normas legales imperativas o si se ha vulnerado la intangibilidad de una resolución anterior y firme. Cuando las conclusiones que establezca el árbitro sean consideradas erróneas, insuficientes o por desacuerdo en las resoluciones obtenidas, se considerará ilícito anular un laudo arbitral como máxima expresión de autonomía de las partes y el ejercicio de su libertad, (arts. 10 y 1 CE respectivamente).
En cuanto al reconocimiento institucional del arbitraje y su naturaleza el Ministerio Fiscal sostiene que equiparar la idea del arbitraje como equivalente jurisdiccional, es como hablar de identidad entre resoluciones judiciales y arbitrales. No puede acogerse esta afirmación pues se consideran términos distintos que descansan como preceptos constitucionales diferentes. Por ello, y por la confusión que pudiera generar la expresión "equivalente jurisdiccional", a la que se hace referencia en STC 17/2021, el tribunal insiste en que la semejanza entre ambos tipos de decisión no alcanza más allá de aquellos efectos y en que el procedimiento arbitral no se puede ver