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SP/DOCT/120851

Encuesta Jurídica. Diciembre 2022

Tras la reforma del art. 21 de la LPH, el Certificado del acuerdo de liquidación de la deuda expedido por el Secretario-Administrador, ¿debe incluir los intereses de los recibos impagados a los que hace referencia el apartado 1º, las cuotas que se devenguen con posterioridad a la celebración de la Junta hasta la notificación de la deuda así como otros gastos y costes que conlleve la reclamación judicial tales como por ejemplo los honorarios del Secretario-Administrador o pueden reclamarse directamente en la demanda?

Coordinadora: M.ª José Polo Portilla. Directora de Sepín Propiedad Horizontal. Abogada
RESUMEN

Tras la reforma del art. 21 LPH, la comunidad puede reclamar, mediante correspondiente juicio monitorio, todas las cantidades que le fueran debidas en concepto de gastos comunes, ordinarios y extraordinarios y fondo de reserva, los intereses, así como las cuotas aprobadas que se devenguen hasta la notificación de la deuda, además de todos los gastos y costes que conlleve la reclamación de la deuda, incluidos los derivados de la intervención del secretario administrador, para lo que deberá acompañarse a la demanda certificado del acuerdo de liquidación de la deuda. ¿Cuál deberá ser su contenido?

After the reform of art. 21 LPH, the community can claim, through the corresponding order for payment, all the amounts that occur due to it by way of common, ordinary and extraordinary expenses and reserve fund, interest, as well as the approved fees that are accrued until the notification of the debt, in addition to all the expenses and costs that the debt claim entails, including those derived from the intervention of the administrative secretary, for which a certificate of the debt settlement agreement must be attached to the demand. What should its content be?

PALABRAS CLAVE

Certificado liquidación deuda. Contenido

Debt settlement certificate. Contents.

¿Deben incluirse en el certificado los intereses de los recibos impagados a los que hace referencia el art. 21.1 LPH? Sí
Diez Núñez, José Javier
Presidente de la Sección 6.ª de la Audiencia Provincial de Málaga
Son varias las cuestiones a tratar en esta ocasión en clara referencia a las últimas medidas anti morosidad establecidas por vía legislativa en materia de propiedad horizontal. Indudablemente, las Comunidades de Propietarios pueden reclamar de los propietarios morosos el pago de "todas" las cantidades que sean debidas en concepto de gastos comunes, tanto ordinarios como extraordinarios, generales o individualizados, o de fondo de reserva, a través, entre otros, del oportuno procedimiento especial monitorio en su modalidad aplicable a las Comunidades de Propietarios en régimen de propiedad horizontal, ex art. 21 LPH.
1.º Así, en primer lugar, bajo ese marco procesal se somete a deliberación el tema de los intereses a que se refiere el párrafo 1.º del art. 21 LPH tras la reforma llevada a cabo por el art. 2 de la Ley 10/2022, de 14 de junio, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del plan de recuperación, transformación y resiliencia, con entrada en vigor el 16 de junio de 2022, sin que la indicada normativa modificada tenga efectos retroactivos, y en este sentido se faculta con la reforma a las Comunidades de Propietarios acuerden en Junta, bien por unanimidad, si se pretende su incorporación a los Estatutos (art. 17.6 LPH), momento a partir del cual se convierte en norma de obligado cumplimiento y vinculante para todo copropietario (art. 5.3 LPH), bien por mayoría simple si el acuerdo es adoptado en Junta de Prop