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SP/SENT/1132256

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 147/2022, de 7 de febrero

Recurso 8207/2019. Ponente: DIMITRY TEODORO BERBEROFF AYUDA.
 Tras la declaración de fallido del deudor principal las actuaciones recaudatorias posteriores contra este obligado fallido carecen de virtualidad para interrumpir el plazo de prescripción para exigirle el pago
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. - Resolución recurrida en casación.
El objeto del presente recurso de casación lo constituye la sentencia de 9 de octubre de 2019 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL, que desestimó el recurso (1023/2018), interpuesto por Jes Asesores y Gestores SL., contra la resolución núm. 30/2018 de la Comisión de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León, de fecha 15 de junio de 2018, relativa a derivación de responsabilidad subsidiaria, acordada el 2 de mayo de 2017 por la Sección de Tesorería del Servicio de Economía y Hacienda de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid, que declaró a la entidad Jes Asesores y Gestores SL., responsable subsidiaria del pago de la deuda derivada del reintegro de la subvención concedida a la Asociación para el Desarrollo de la Consultoría y la Formación ("ASDECOFOR"), que resultó declarada fallida e incobrables las deudas derivadas del procedimiento de recaudación ejecutiva iniciado por las providencias de apremio con claves C08000-11-47-002769-3 y C08000-13-47-002826-7, por un importe total de 142.217,70 euros.
SEGUNDO.- Tramitación del recurso de casación.
1.- Preparación del recurso. El procurador don Francisco Javier Gallego Brizuela, en representación de la mercantil Jes Asesores y Gestores, S.L., presentó escrito preparando recurso de casación contr