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Familia y Sucesiones

AP Madrid, Sec. 22.ª, 346/2019, de 12 de abril. Recurso 23/2018

Ponente: CARMEN NEIRA VAZQUEZ
SP/SENT/1010576
Gestión Documental
 Procede mantener la pensión de alimentos del hijo de 22, pues consta que está matriculado estudiando y tuvo una estancia en el extranjero para aprender idiomas que mejoraran su empleabilidad, tiempo en el que trabajó solo para ayudar a gastos
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 La Sala fija a la pensión el plazo de dos años, por entender que esa es la duración de sus estudios
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 No cabe ahora tener en cuenta circunstancias futuras e inciertas como situaciones de incapacidad o jubilación del padre
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
SEGUNDO.- Con fecha 5 de octubre de 2017 por el Juzgado de Primera Instancia nº 80 de los de Madrid se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO : Que desestimando, la demanda formulada por la Procuradora Sra. Clemente Mármol, en nombre y representación de D. Horacio , contra Dª. Rita , debo declarar y declaro no haber lugar a modificar las medidas acordadas en la sentencia dictada el 21 de junio de 2007, en el procedimiento de divorcio, seguido en este juzgado con el nº 481/2007 .
Con expresa imposición de costas a la parte actora."
TERCERO .- Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma, se interpuso recurso de apelación por la representación legal de Don Horacio , exponiendo en el escrito presentado las alegaciones en las que basaba su impugnación.
De dicho escrito se dio traslado a las demás partes personadas, presentando la representación de Doña Rita escrito de oposición.
Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Superioridad, en la que, previos los trámites oportunos, se acordó señalar para deliberación, votación y fallo del recurso el día 11 de abril de los corrientes.
CUARTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las
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