Familia y Sucesiones
SP/SENT/922606
TS, Sala Primera, de lo Civil, 553/2017, de 11 de octubre
Recurso 4130/2016. Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA.

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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- 1.º- La procuradora doña Belén Sierra Recas, en nombre y representación de don Cosme , interpuso demanda de juicio sobre divorcio, contra doña Magdalena y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia en el sentido siguiente:
«PRIMERO.- Que se decrete el divorcio de los esposos.
»SEGUNDO.- Que la guarda y custodia de la hija menor Teodora sea atribuida a la esposa, Dª Magdalena , ostentando ambos progenitores la patria potestad compartida.
»TERCERO.- No procede la fijación de un régimen de visitas, por lo que se
relacionará con el padre libremente y conforme a su voluntad. No obstante, atendiendo
al hecho de que la hija menor, Teodora , aún cuenta con 13 años, solicitamos se fije el
siguiente régimen subsidiario:
»Fines de semana alternos: El padre podrá disfrutar de la compañía de su hija
los fines de semana alternos desde el viernes que recogerá a su hija en el domicilio
materno a las 21:00 horas hasta el domingo a las 21:00 horas en que deberá ser
reintegrada en el domicilio materno.
»Navidad: El primer periodo dará comienzo a las 18:00 horas del día 24 de