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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

AP Baleares, Sec. 3.ª, 401/2012, de 12 de septiembre. Recurso 581/2011

Ponente: GABRIEL AGUSTIN OLIVER KOPPEN
SP/SENT/690343
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 No hay nulidad de actuaciones al no haber indefensión de las partes por el hecho de que la grabación del juicio no fuese completa, al existir acta del Secretario lo suficientemente amplia como para poder valorar las pruebas en 2ª instancia
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 Siendo una acción de reclamación de cantidad y de pago de indemnización por daños por un alquiler, no cabe llamar al proceso a la entidad propietaria del resto del inmueble que no ha intervenido en ninguno de los hechos objeto de la reclamación
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 Los actores, nudos propietarios, que no intervinieron en el contrato de alquiler base de la litis, si están legitimados para reclamar los daños ocasionados en su propiedad, aunque esa reclamación tenga carácter de culpa extracontractual
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 Al tratarse de culpa extracontractual en la que se reclaman unos daños y perjuicios ocasionados en una propiedad, el plazo para su ejercicio es de 1 año y pasado el mismo dicha acción ha prescrito
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 Existiendo una acción de desahucio por falta de pago y cantidades asimiladas a la renta, lo acordado en dicho procedimiento tiene el efecto de cosa juzgada y por consiguiente no se puede reclamar conceptos, abonados o no, incluidos en dicha demanda
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 De la prueba practicada se desprende que el informe de la actora refleja más fielmente el importe de las obras que hubo que realizarse para volver al local a su situación inicial
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 Aunque las obras ejecutadas para reponer el local a su estado original no consiguieron la preceptiva licencia municipal, hay que destacar la circunstancia de que esa denegación provenía de que el edificio estaba en su totalidad fuera de planeamiento
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 Acreditado que el local fue devuelto a la propiedad con metros de menos por obras efectuadas por un tercero que lo invadieron, no exonera al inquilino su obligación de devolver en el mismo estado por el hecho de haber comunicado esas obras
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 La fecha a adoptar para saber el valor de la indemnización proveniente de que el local tuviese menos metros cuando fue entregado, es esa fecha y no cuando se hizo el contrato de arrendamiento ni cuando se hicieron las obras disminuyendo la superficie
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a Juez del Juzgado de Instrucción nº 2 de Manacor (antiguo Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5) se dictó sentencia en fecha 27 de enero de 2011, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
Que las demandadas SERFELA S.L. y ACORTIME S.L. adeudan solidariamente a la actora la cantidad total de CINCUENTA Y DOS MIL SETENTA Y SIETE EUROS CON CINCO CENTIMOS DE EURO (52.077,05 €) por las tasas de basuras y alcantarillados de los ejercicios 2003, 2004, 2005 y 2006 (3.264,09 €) y por el importe de las obras de reparación (48.812,96 €).
Que las demandadas SERFELA S.L., ACORTIME S.L., AVANTI S.A. y PROMOCIONES SANJAL S.L. adeudan solidariamente a la actora la cantidad de SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON VEINTISEIS CENTIMOS DE EURSO (66.992,26 €) por el valor de los metros que faltan en el local.
Y DEBO CONDENAR Y CONDENO A las demandadas a estar y pasar por estas declaraciones y a pagar a los actores las citadas cantidades, con más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda.
Que debo condenar y condeno a las demandadas al abono de las costas procesales.
SEGUNDO.- Contra la expresada sentencia, y por la representación de las entidades SERFELA, S.L., ACORTIME, S.L., AVANTI, S.A., se interpuso recurso de apelación, que fue admitido y seguido el r
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