Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos
SP/SENT/921236
AP Huelva, Sec. 2.ª, 427/2017, de 17 de julio
Recurso 410/2017. Ponente: FRANCISCO JOSE MARTIN MAZUELOS.

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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Se aceptan los de la resolución apelada.
SEGUNDO. Por el Juzgado de Primera Instancia indicado, con fecha 13 de marzo de 2017 se dictó sentencia , cuya parte dispositiva dice así: " Que debo ESTIMAR y ESTIMO la demanda formulada por D. Maximiliano contra la entidad CAJA RURAL DEL SUR. y en consecuencia:
1.- DECLARO la nulidad, por tener el carácter de abusivo por falta de transparencia, de la cláusula limitativa del interés variable que se contiene como condición primera en escritura pública autorizada por el Notario D. Federico Salazar el día 7/2/06 y como cláusula segunda en escritura pública autorizada por el Notario D. Federico Salazar el día 1/6/07, debiendo ser eliminada.
2.- CONDENO a la demandada a reintegrar al actor las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de la cláusula suelo desde la fecha reclamada de 9/5/13, conforme a lo resuelto en el fundamento de derecho tercero de la presente resolución, más cantidades devengadas posteriormente a la interposición de la demanda por tal concepto, lo que conlleva que la entidad bancaria ha de recalcular el cuadro de amortización del préstamo hipotecario desde la fecha de la publicación de la Sentencia del Tribunal Supremo de 9/5/13 como si no hubiera estado incluida la cláusula en cuestión, rigiendo dicho cuadro en lo sucesivo hasta el fin del préstamo.
3.- Con expresa imposición de costas a la demanda