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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

SP/SENT/922856

AP Soria, Sec. 1.ª, 120/2017, de 8 de septiembre

Recurso 115/2017. Ponente: JOSE MANUEL SANCHEZ SISCART.
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 El hecho de que el actor aprovechase las ventajas de la rebaja del tipo de interés aplicable por el banco no implica una renuncia a solicitar la nulidad de la cláusula suelo por falta de transparencia
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Por el Juzgado de instancia se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por promovidos por la Procuradora Dª Montserrat Jiménez Sanz, en nombre y representación de D. Gervasio y Dª Elisa contra Banco de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria S. A. debo:
1º) Declarar y declaro la nulidad de la cláusula contractual de limitación a la variación del interés contenidas en la escritura pública de préstamo hipotecario de fecha 5 de mayo de 2004 formalizada ante el Sr. Notario de Soria D. Javier Delgado Pérez Iñigo, obrando al núm. 1295 de su Protocolo entre la parte actora y la entidad demandada, y en concreto la siguiente estipulación contenida la cláusula financiera que reza Sin perjuicio de lo anterior, las partes acuerdan que el tipo de interés aplicable en cada momento, independientemente del que resulte conforme a la revisión efectuada, en ningún caso será inferior al dos como noventa por ciento, condenando a la demandada a estar y pasar por la anterior declaración.
2º) Condenar y condeno a la demandada a reintegrar a la actora las cantidades indebidamente cobradas en las cuotas del préstamo, en concepto de intereses ordinarios, que excedan de la estricta aplicación del interés pactado, y que hayan sido cobradas en aplicación de la citada cláusula que se declara nula desde la fecha de su inicial aplicación hasta el momento de
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