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Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico

TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 624/2016, de 24 de octubre. Recurso 1887/2014

Ponente: FRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
SP/SENT/874831
Gestión Documental
 La comercializadora contrata directamente con el cliente que debe recibir lo pactado, conforme a buena fe y PECL, tampoco cabe exonerar el daño generado, ni desproteger al cliente obligándolo a averiguar quién es la suministradora de la electricidad
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El procurador don Francisco Javier Varela González, en nombre y representación de Allianz Seguros, S.A., interpuso demanda de juicio ordinario, asistido del letrado don Ramón Pena Fraga contra Endesa Energía, S.A. y EGL Energía Iberia, S.L., y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que:
«Se condene a la demandada EGL Energía Iberia, S.L., a indemnizar Allianz Seguros, S.A., en la cantidad de 991,10 € y a la codemandada Endesa Energía, S.A., a pagarle la cantidad de 7.198, 72 €. Todo ello más los intereses legales procedentes desde la interpelación y los intereses del artículo 576 de la LEC , desde la fecha de la sentencia hasta su efectivo pago, con imposición de las costas del procedimiento a las demandadas en la proporción de la cantidad reclamada».
SEGUNDO .- La procuradora doña María Mercedes Pérez Crespo, en nombre y representación de Endesa Energía, S.A.U., asistida de la letrada doña Ana Isabel Lozano Fernández, contestó a la demanda y oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado dictase en su día sentencia por la que:
«Se absuelva a mi representada de las pretensiones de la demandante, con expresa imposición de costas a las mismas».
La procuradora doña Olga Mosquera Lorenzo, en nombre y
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