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SP/DOCT/122183

Notas y Comentarios. Julio 2023

Modificaciones en la Ley General Tributaria, IVA, Sociedades, Impuesto sobre la Renta de No Residentes y capacidad de revisar la contabilidad en los procedimientos de comprobación limitada

Departamento Jurídico Sepín Fiscal
RESUMEN

Transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo, de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, en mejora del marco existente para el intercambio de información y la cooperación administrativa en la Unión Europea y actualización de la normativa en relación con los impuestos y procedimientos.

PALABRAS CLAVE

Ley general tributaria, IVA, Sociedades e Impuesto sobre la renta de no residentes, comprobación limitada, contabilidad

Gestión Documental
Introducción
Por la transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo, de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad y la implantación del Modelo de Reglas en el Derecho interno se ha publicado en el en el BOE núm. 124 del jueves 25 de mayo de 2023 la Ley 13/2023, de 24 de mayo, por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (SP/LEG/3985), la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido SP/LEG/4414), la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo (SP/LEG/4125) y la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (SP/LEG/16153).
Modificaciones introducidas en la Ley General Tributaria
Amplía el deber de conservación de la documentación por los obligados, así como de comunicación de la información recopilada de los vendedores a 10 años.
Regula el régimen de las inspecciones conjuntas entre Estados miembros y establece la posible presencia de funcionarios de estos otros Estados en España y viceversa, así como los controles simultáneos.
Respecto de la obligación de información y de diligencia debida relativa a cuentas financieras y la obligación de información sobre mecanismos transfronterizos de planificación fiscal suprime a los intermediarios amparados por el secreto profesional la obligación de esta comunicación e impone a los intermediarios financieros el deber de informar al obligado tributario persona física que su información será suministrada a la Administración tributaria y transferida con arreglo a la Directiva 2011/16/UE a los Estados miembros.
En relación con el sistema de corrección de autoliquidaciones, se establece una nueva figura de la autoliquidación rectificativa única que sustituye en aquellos tributos en los que así se establezca, el sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación, facilitando mediante la presentación de una autoliquidación rectificativa al obligado tributario rectificar, completar o modificar la autoliquidación presentada con anterioridad, con independencia del re
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