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Fiscal Plus

SP/DOCT/122314

Artículo Monográfico. Agosto 2023

Viviendas turísticas y gastos deducibles en el IRPF

Eduardo de Urbano. Abogado Of Counsel. Magistrado en excedencia. Doctor en Derecho
RESUMEN

El art.23 de la Ley del IRPF permite deducir los gastos necesarios que ocasiona la explotación de una vivienda turística. En cambio, la AEAT interpreta que esa deducción lo es en proporción al tiempo en que la vivienda haya estado efectivamente alquilada.
Pero la norma precitada no contiene ninguna restricción al respecto ni existe ninguna otra norma jurídica que vincule la deducción al criterio de la Administración tributaria, por lo que consideramos que esa interpretación no es conforme a derecho y perjudica a los propietarios, por lo que defendemos la que emana naturalmente del precepto referido.

Article 23 of the Personal Income Tax Law allows the deduction of the necessary expenses incurred in the operation of a tourist dwelling, but the AEAT interprets this deduction in proportion to the time that the dwelling has been effectively rented.
However, the aforementioned rule does not contain any restriction in this respect, nor is there any other legal rule that links the deduction to the criterion of the Tax Administration, for which reason we consider that this interpretation is not in accordance with the law and is detrimental to the owners, for which reason we defend the interpretation that emanates naturally from the aforementioned precept.

PALABRAS CLAVE

vivienda turística; turismo; tributación; gastos deducibles; interpretación contraria a derecho

tourist housing; tourism; taxation; deductible expenses; interpretation contrary to law

Gestión Documental
Introducción
No podemos empezar este artículo sin hacer una referencia obligada a una obra cuyo impacto sigue vigente, por la clarividencia de su tesis: La Crisis fiscal del Estado (1973) de James O'Connor.
Este economista norteamericano y también profesor de sociología, fallecido en 2017, observó que el gasto público constituye una parte cada vez mayor de la economía total, por la tendencia al aumento de los gastos sociales, que requieren cada vez más recursos para cumplir las decisiones políticas.
Y al respecto, los instrumentos clásicos para satisfacer las necesidades sociales son crear empresas estatales, emitir deuda o crear nuevos impuestos o subirlos, siendo esta última opción la más rápida y efectiva.
El problema de este enfoque del Estado del Bienestar es que llegado a un punto que los contribuyentes consideran excesivo, la recaudación se hace muy difícil, y el Estado entra en crisis porque o echa marcha atrás, y eso políticamente hoy por hoy no resulta atractivo (la denominada "política de recortes") o recurre al déficit con lo que ello supone para las políticas de innovación e inversión, al tener una parte muy relevante del presupuesto comprometida con el pago de los intereses.
Por ello, el profesor O'Connor sostiene que la crisis fiscal del Estado es la consecuencia inevitable de la brecha estructural entre los gastos y los ingresos del Estado.
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