Fiscal Plus
Artículo Monográfico. Septiembre 2023
La Comisión Europea valida los gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito de la Ley 38/2022
Isaac Ibáñez García. Abogado
RESUMEN
La Dirección General de Fiscalidad, y Unión Aduanera, la Dirección General de Energía y la Dirección General de Competencia de la Comisión Europea han analizado los impuestos energético y de entidades de crédito, establecidos mediante la “Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias” y han llegado a la conclusión preliminar de que no vulneran el Derecho de la Unión Europea
PALABRAS CLAVE
Comisión Europea, Impuestos energético y de entidades de crédito, Ley 38/2022, de 27 de diciembre, gravámenes temporales energético y de entidades de crédito, solidaridad de las grandes fortunas,Derecho de la Unión Europea