Penal
SP/LEG/29451
REAL DECRETO-LEY 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia
órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
publicación: B.O.E. num. 119 - 29/04/2020
entrada en vigor: 30/04/2020
norma derogada: 20/09/2020
Norma derogada a partir del día 20 de septiembre de 2020 por Ley 3/2020, de 18 de septiembre (SP/LEG/30929).
El presente Real Decreto-ley se convalida por Resolución de 13 de mayo de 2020, del Congreso de los Diputados (BOE n.º 136, de 15 de mayo de 2020).
Téngase en cuenta que la referencia a los Letrados y Letradas de la Administración de Justicia recogida en los artículos 1, 2 y 26 del presente Real Decreto-Ley deberá entenderse también referida a los Secretarios Relatores en el ámbito de la jurisdicción militar. No obstante, lo dispuesto en el artículo 19 no será de aplicación a los procesos penales militares.
- PREÁMBULO
- CAPÍTULO I-Medidas procesales urgentes (arts. 1 a 7)
- Artículo 1. Habilitación de días a efectos procesales
- Artículo 2. Cómputo de plazos procesales y ampliación del plazo para recurrir
- Artículo 3. Ámbito del procedimiento especial y sumario en materia de familia
- Artículo 4. Competencia
- Artículo 5. Tramitación
- Artículo 6. Tramitación de la impugnación de expedientes de regulación temporal de empleo a que se refiere el artículo 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19
- Artículo 7. Tramitación preferente de determinados procedimientos