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Mercantil y Concursal

SP/SENT/1172667

AP Madrid, Sec. 11.ª, 74/2022, de 28 de febrero

Recurso 35/2021. Ponente: MARIA TERESA SANTOS GUTIERREZ.
Gestión Documental
 Salvo fraude, incumplimiento o negligencia de UNISONO, que no concurren, responde del daño que sufrió por "fraude del CEO" el proveedor de servicios de pago, BBVA que autorizó la transferencia de la supuesta presidenta societaria
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 Mala praxis de BBVA al ejecutar la transferencia que solicitó administrativa no autorizada, siendo ambas iguales solo retrocede la 2.ª reconociendo la operativa ilegal, sus mails revelan actuación contraria a ley y contrato
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 La firma de la presidenta en archivo adjunto a carta de transferencia era manifiestamente falsa, un burdo corta y pega que el banco no cotejó, ni adoptó medidas exigibles, obviando además, su deber legal de inmediato reembolso
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 33 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 14/10/2020, cuyo fallo es del tenor siguiente:""Desestimo la demanda planteada por D. Javier Zabala Falcó, Procurador de los Tribunales y de la entidad mercantil UNÍSONO SOLUCIONES DE NEGOCIO, S.A., contra BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., declaro no haber lugar a la misma, absolviendo a la demandada de los pedimentos frente a ella deducidos, con expresa condena en costas a la parte actora atendido el criterio objetivo del vencimiento.""
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido a trámite, dándose traslado del mismo a la parte contraria que formulo oposición, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
TERCERO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.-Planteamiento de la cuestión objeto de autos.
Son antecedentes fácticos de interés para la correcta resolución los siguientes, tratándose de una reclamación de responsabilidad porque el Banco demandado ha autorizado transferencia de cuenta de la actora a un banco de Tailandia sin su autorización, si bien es verdad que lo solicito una administrativa de la actora siguiendo un procedimiento inusual, BBVA no llevó a cabo ninguna medida de diligencia para detectarlo; refiriéndose a una modalidad de estafa que se conoce como "fraude del CEO", estafa consistente en que un empleado de la empresa, a quien se pide hacer transferencias o el acceso a datos de cuentas, recibe un correo, supuestamente de su jefe -ya sea su CEO, presidente o director- en cuyo mensaje éste le pide ayuda para una operación financiera confidencial y urgente.
Las transferencias fueron conocidas por la actora a partir del día 1 de febrero de 2018 mediante una llamada telefónica de la entidad BANKIA, entidad donde también tenía abierta una línea de crédito, comunicándole que se habrían ordenado transferencias por un alto importe económico a China.
También se señala que BBVA no ha cumplido con las medidas de seguridad relativas a la prevención de blanqueo de capitales.
1.- La actora UNISONO, que es una de las once empresas que forma el Grupo Unísono, señala que en fecha 12 de junio de 2013 formalizó con B
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