Mercantil y Concursal
TS, Sala Primera, de lo Civil, 228/2017, de 6 de abril. Recurso 159/2014
Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
SP/SENT/895866
Infringe la Jurisprudencia sobre deber de información y error en la contratación del swap, responsabilizar al administrador de la SL minorista de no haberse enterado de los riesgos específicos que conllevaría la bajada de los tipos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- 1.º- El procurador don Jesús Bley Gil, en nombre y representación de Ingeniería de Infraestructuras Informáticas Especializadas S.L, interpuso demanda de juicio sobre nulidad de contrato, contra Bankinter S.A y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia en el sentido siguiente:
«Se declare la nulidad del contrato CLIP BANKINTER o permuta de tipo de interés por haber sido firmado por error en el consentimiento, y en concreto, de los documentos que lo componen, el contrato de condiciones generales de gestión de riesgos financieros y el contrato de condiciones particulares firmados el 4 de abril de 2007.
»Se declare como pronunciamiento inherente a la estimación de la acción de nulidad, la restitución de la situación actual al momento en que se suscribió el contrato CLIP cuya nulidad se pretende, y en consecuencia se proceda a la anulación de todos los cargos y abonos efectuados por razón del contrato de swap mencionado, y se condene a la sociedad demandada, BANKINTER, S.A. a la devolución de las cantidades pagadas por mi representada como consecuencia de las liquidaciones practicadas, más los intereses que legalmente correspondan.
»Se condene a la demandada al pago de las costas procesales».
2.º- El procurador don Antonio López Jurado González, en nombre y representación de B