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 Jurisprudencia

LEY 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

publicación: B.O.E. num. 236 - 02/10/2015

entrada en vigor: 02/10/2016

Téngase en cuenta que las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico producirán efectos a partir del día 2 de abril de 2021, conforme establece el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre (SP/LEG/30963).

Téngase en cuenta que las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico producirán efectos a partir del día 2 de abril de 2021, conforme establece el Real Decreto-Ley 27/2020, de 4 de agosto (SP/LEG/30586). Derogado por Resolución de 10 de septiembre de 2020, del Congreso de los Diputados (SP/LEG/30855).

Téngase en cuenta que las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico producirán efectos a partir del día 2 de octubre de 2020, conforme establece el Real Decreto-Ley 11/2018, de 31 de agosto (SP/LEG/24689).

Téngase en cuenta que las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico producirán efectos a los dos años de la entrada en vigor de la presente Ley, conforme establece su disposición final séptima.

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