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Procesal Civil

SP/SENT/106390

AP Guipúzcoa, Sec. 3.ª, 324/2006, de 11 de octubre

Recurso 3334/2006. Ponente: ANA ISABEL MORENO GALINDO.
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 La comparecencia personal de ambos cónyuges en la formación del inventario no puede ser suplida mediante representación por procurador
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Irún, se dictó sentencia con fecha 22 de marzo de 2006 , que contiene el siguiente FALLO:
"Se forma el siguiente INVENTARIO Y AVALÚO de la sociedad de gananciales del matrimonio formado por D. Millán y Doña Angelina :
ACTIVO
- Plataforma Maxicubo 3 ejes marca SAF nº de bastidor NUM000 25.670,77 - 6900 = 18.770,77 euros.
- Tracto camión marca Iveco-Milenium nº de bastidor NUM001 51.958,07- 6.900 = 45.058,07 euros
-Tarjeta de transporte expedida por la Diputación Foral de Gipuzkoa 0 euros.
-Vehículo Ford Sierra matricula ....WWW 200 euros.
TOTAL ACTIVO 64.028,84 euros.
PASIVO
-Arrendamientos financieros 37.858,46 euros.
-Préstamo personal Caja Laboral 3.731,01 euros
TOTAL PASIVO 41.589,47 EUROS
NETO LIQUIDABLE 22.439,37 euros.
Se acuerda la siguiente LIQUIDACIÓN Y ADJUDICACIÓN:
El Haber del Sr. Millán , es de 49.078,14 euros (11.219,68 + 37.858,46 euros.)
El Haberde la Sra. Angelina esta compuesto por la cantidad de 11.219,68 euro.
Se adjudican al Sr. Millán todos
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