AP Palencia, Sec. 1.ª, 229/2012, de 12 de septiembre. Recurso 115/2012
Ponente: IGNACIO JAVIER RAFOLS PEREZ
SP/SENT/784824
La rebeldía supone, conforme al principio de preclusión , imposibilidad de introducir excepciones procesales o materiales por parte de la parte rebelde que se persona con posterioridad al momento de la contestación
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No se aprecia error en la valoración de la prueba, pues las manifestaciones del testigo son dubitativas, lo que resta credibilidad a su testimonio y no se prueba haber realizado el pago de las facturas
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Que el Fallo de dicha Sentencia, literalmente dice: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Marta Delcura Antón, en nombre y representación de Climalia Palencia SL, contra la mercantil Profoncal, SL, representada por el Procurador Don José Manuel Treceño Campillo, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la cantidad de 105.621,40 euros, a la que se aplicará los intereses moratorios previstos en la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad, todo ello con imposición de costas del pleito a la parte demandada".
SEGUNDO .- Contra dicha Sentencia presentó la parte demandada, "Profoncal, SL", escrito de preparación del presente recurso de apelación, dictándose providencia teniendo por preparado el recurso de apelación y emplazando a dicha parte para que lo interpusiera en el plazo legal.
TERCERO .- La parte recurrente presentó en el plazo previsto y ante el Juzgado de instancia el escrito interponiendo el recurso de apelación, dictándose providencia dándose traslado a la parte contraria, para que en el plazo de diez días presentaran escrito de oposición al recurso, o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resultare desfavorable.
CUARTO .- La parte apelada, "Climalia Palencia SL", presentó dentro de plazo escrito de oposición al de apelación interpuesto por la parte contraria, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial para resolver el recurso de apelación.
SE ACEPTAN y dan aquí por íntegramente reproducidos los Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO .- Contra la sentencia de fecha 7 de noviembre de 2011, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Palencia , en la que se estimó la demanda interpuesta por la parte actora, "Climalia Palencia, SL", contra la demandada, "Profoncal, SL", en la que se ejercitaba una acción de reclamación de cantidad, se interpone ahora por la parte demandada el presente recurso de apelación, en el que se insiste de nuevo en el que se solicita la desestimación de la demanda por entender no acreditados los hechos en que se basa la reclamación planteada, solicitando la absolución frente a la pretensión deducida por la actora.
En el recurso, como motivación de la impugnación, se sostiene básicamente que ha habido infracción en la aplicación del Derecho así como error en la valoración de la prueba por parte del Juzgador de Primera Instancia.
Sin embargo, el nuevo y obligado examen, por esta Sala, tanto del Derecho aplicado como de las pruebas practicadas, fundamentalmente la prueba documental, no revela la infracción o el error denunciado, llegándose a las mismas conclusiones que las obtenidas por la sentencia recurrida.
Sostiene la recurrente, en primer lugar, que ha existido infracción de los arts. 496 y 499 LEC por cuanto la sentencia de instancia ha estimado la demanda, condenándola, por el mero hecho de haber sido declarada en rebeldía ante la falta de contestación a la demanda, planteamiento que contradice los preceptos citados que establecen que la rebeldía no supone allanamiento ni admisión de los hechos de la demanda ( art. 496.2 LEC ).
Ciertamente, conforme reiterada jurisprudencia, la circunstancia de que la parte demandada no se hubie