Obligaciones y Contratos
AP Madrid, Sec. 14.ª, 291/2014, de 21 de octubre. Recurso 263/2014
Ponente: PALOMA MARTA GARCIA DE CECA BENITO
SP/AUTRJ/849105
Clausula de vencimiento anticipado, su misión es regular el cumplimiento de contrato endureciendo la mora que se convierte en automática, sin requerimiento
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El impago es un acto de incumplimiento, que faculta para pedir la resolución o el cumplimiento y en ambos casos con perjuicios si los hubiera
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La solución ante la abusividad de la cláusula de interés moratorio, no consiste en practicar por la acreedora una nueva liquidación de deuda reduciendo unilateralmente el tipo de interés moratorio pactado
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Las consecuencias de la declaración de abusividad no conducen a la moderación, ni a la integración, de la cláusula, sino a su inaplicación
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Los intereses moratorios de que responden los ejecutados son los intereses legales del Art.1108 Cc
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No se plantea controversia sobre la cláusula suelo, pues la parte ejecutante manifiesta en el escrito de recurso avenirse a liquidar la deuda prescindiendo del límite mínimo de interés retributivo pactado
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Torrejón de Ardoz se dictó Auto de fecha 29/11/2013 , cuya parte dispositiva es del tenor siguiente: "Debo denegar el despacho de la ejecución hipotecaria solicitada por el procurador Don Javier Jañez Gutierrez en nombre y representación de la entidad BBVA contra Don Leandro y Doña María Virtudes representados por el procurador Don Juan Colmenar Verbo, al tener como fundamento dicha demanda de ejecución hipotecaria un titulo cuya condición tercera bis, sexta y sexta bis se declaran abusivas y contrarias a la normativa que protege a los consumidores. Se imponen las costas procesales a la entidad ejecutante.".
SEGUNDO.- Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante Banco Bilbao Vizcaya Argentaria SA, al que se opuso la parte apelada Don Leandro y Doña María Virtudes , y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC , se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 07 de Octubre de 2014.
CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Presentada demanda de ejecución hipotecaria por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (BBVA) contra don Leandro y doña María Virtudes , se requirió a la ejecutante en trámite de alegaciones sobre el posible carácter abusivo de la cláusula pactada en la escritura de hipoteca sobre interés moratorio, establecido en un 19% anual, a cuyo respecto BBVA presentó escrito proponiendo una nueva liquidación de la deuda, tomando como intereses de demora el equivalente a tres veces el interés legal del dinero a la fecha de la primera cuota impagada, de conformidad con el art. 114 L.H . en su redacción introducida por la Ley 1/2013, de 14 de Mayo, solicitando continúe adelante la ejecución por 170.939'47 € de principal, más 3.542'25 € de intereses ordinarios y 28'37 € de intereses moratorios, importe al que habrán de añadirse los que se devenguen desde la fecha del cierre hasta su completo pago.
Los ejecutados formularon alegaciones declarando el carácter abusivo de distintas cláusulas contractuales, entre ellas la cláusula sobre variación del tipo de interés, condición 3ª bis, o cláusula suelo, estableciendo como interés retributivo mínimo el 2'25% adicionado con los puntos porcentuales pactados para cada caso, y como interés retributivo máximo el 15% nominal anual, la cláusula sobre intereses moratorios y la cláusula sobre vencimiento anticipado.
El auto que es ahora objeto de recurso aprecia el carácter abusivo de