Arrendamientos Urbanos
TS, Sala Primera, de lo Civil, de 17 de mayo de 2022. Recurso 9765/2021
Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
SP/AUTRJ/1146682
Suspensión del recurso de casación por prejudicialidad civil hasta que recaiga resolución firme en procedimiento ordinario en el que solicita la improcedencia de pago de las rentas de abril a junio 2020 por aplicación de la cláusula rebus
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La representación de Autofer, S.L. interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 15 de octubre de 2021 por la Audiencia Provincial de Madrid (sección 18.ª) en el rollo de apelación n.º 434/2021, dimanante de los autos de juicio verbal sobre reclamación de rentas y desahucio por falta de pago n.º 680/2020, seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Alcobendas.
SEGUNDO.- Remitidas las actuaciones a esta sala, se han personado la procuradora Elena María Muñoz Torrente en representación de Autofer, S.L., como parte recurrente, y el procurador Juan Manual Rico Palomar en nombre y representación de Ferdegroup Brothers Inversiones, S.L., como parte recurrida.
TERCERO.- La representación procesal de la parte recurrente ha presentado escrito en el que solicita la suspensión de las actuaciones por prejudicialidad civil.
CUARTO.- La representación procesal de la parte recurrida se ha opuesto a dicha solicitud.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Resumen de antecedentes
1. Ferdegroup Brothers Inversiones S.L. presentó una demanda de juicio verbal sobre reclamación de rentas y desahucio por falta de pago contra Autofer S.L., en la que interesaba la resolución de una serie de contratos de arrendamiento por impago de las rentas de los meses de abril, mayo y junio de 2020 y de las cuotas comunitarias de esas mensualidades respecto de uno de los contratos.
La demandada se opuso. Alegó que el impago se debió a que las fincas objeto de los contratos de arrendamiento se destinaban a la actividad de concesionario de automóviles, actividad que fue restringida por las autoridades durante los meses a los que se refiere la demandada como consecuencia de la situación sanitaria provocada por el Covid 19, y que era aplicable la cláusula rebus sic stantibus.
La sentencia de primera instancia desestimó la demanda.
Esta sentencia fue recurrida en apelación por la demandante. La Audiencia Provincial estimó en parte el recurso y estimó en parte la demanda. Consideró que era procedente el desahucio y la reclamación de las rentas, no así la condena al pago de las cuotas comunitarias.
En lo que aquí interesa, la Audiencia razona lo siguiente:
"[s]i lo que se viene a defender es que no ha existido un impago sino que la renta no se ha devengado por aplicación de la doctrina sobre la cláusula "rebus sic stantibus", es obvio que ello excede de los límites del juicio de desahucio y no porque se haya planteado una cuestión compleja que haga inadecuado este procedimiento sino una mera alegación por el arrendatario de motivos que no son alegables en esta litis desd