Arrendamientos Urbanos
SP/LEG/39133
REAL DECRETO-LEY 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas
órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
publicación: B.O.E. num. 9 - 11/01/2023
entrada en vigor: 01/09/2023
El presente Real Decreto-ley se convalida por Resolución de 24 de enero de 2023, del Congreso de los Diputados (BOE n.º 23, de 27 de enero de 2023).
Nota vigencia: el presente Real Decreto entra en vigor el 1 de septiembre de 2023, con las siguientes excepciones:
a) Las disposiciones adicionales segunda, duodécima, decimotercera, decimocuarta, decimoquinta, decimosexta y decimoséptima, así como las disposiciones finales cuarta, en sus apartados uno, dos, tres, cuatro, cinco y trece, quinta, sexta, octava y novena, entran en vigor el 12 de enero de 2023.
b) El artículo 36 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, en la redacción dada por el apartado Uno de la disposición final segunda, se aplica con efectos de 1 de enero de 2023.
c) Los artículos 153 ter, 249 quater, 305.2.m), 310 bis, 363.5 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, modificados o añadidos en la disposición final cuarta, entran en vigor el 1 de abril de 2023.
d) El apartado Diez de la disposición final cuarta, en la que se añade un nuevo artículo 313 bis al texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, entra en vigor el 1 de abril de 2023.
e) El apartado Catorce de la disposición final cuarta, en la que se añade una nueva disposición adicional quincuagésima primera al texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, entra en vigor el 1 de julio de 2023.
- PREÁMBULO
- CAPÍTULO I-Disposiciones generales (arts. 1 a 13)
- SECCIÓN 1.ª-Objeto y principios (arts. 1 a 3)
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
- Artículo 2. Objetivos
- Artículo 3. Servicios de información, formación y acompañamiento al fomento del empleo