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 Arrendamientos Urbanos

AP Vizcaya, Sec. 5.ª, 53/2022, de 4 de marzo. Recurso 53/2021

Ponente: LEONOR ANGELES CUENCA GARCIA
SP/SENT/1157739
 En un contrato en el que ambos cónyuges constan como arrendatarios, el abandono de la vivienda por uno de ellos, sin notificación al arrendador, al atribuírsele el uso al otro por sentencia de divorcio, no le exime del pago de la renta
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ANTECEDENTES DE HECHO
Se dan por reproducidos los antecedentes de la sentencia apelada.
PRIMERO.- Por la Juzgadora de primera instancia se dictó con fecha 29 de noviembre de 2019 sentencia cuya parte dispositiva literalmente dice:
" Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Alfonso Bartau Rojas en nombre y representación de Dª Nicolasa contra los sucesores de D. Roman, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento citado en la demanda inicial de las actuaciones, condenando a los citados demandados:
1º) a que desalojen la vivienda a que se refiere la demanda dentro del plazo legal bajo apercibimiento de proceder a su lanzamiento el próximo día 31 de enero de 2020 a las 9:15 horas, si la presente sentencia no es recurrida; debiendo los demandados retirar los bienes de su propiedad que se hallen en el interior del inmueble objeto de litigio antes de la fecha señalada para el lanzamiento bajo apercibimiento de que si no los retirasen se consideraran bienes abandonados a todos los efectos.
2º) a que abonen a la parte actora las siguientes cantidades:
a) la cantidad de 16.016,16 euros, en concepto de rentas impagadas;
b) la cantidad a que asciendan las rentas de la vivienda arrendada que se vayan devengando durante la tramitación del procedimiento y hasta el desalojo del inmueble, a razón de 803,12 euros al mes;
c) los intereses legales de la cantidad ascendente a 7.984,96 euros desde la fecha de interposición de la demanda (17/10/2018);
d) las costas del juicio.
Que asimismo, desestimando la
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