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 Arrendamientos Urbanos

AP Tarragona, Sec. 1.ª, 548/2022, de 13 de julio. Recurso 424/2022

Ponente: RAQUEL MARCHANTE CASTELLANOS
SP/SENT/1158232
 El empadronamiento no es título suficiente que legitime la ocupación de la demandada, pues aun siendo un indicio de residencia en una finca, no proporciona información alguna acerca de en qué calidad se ocupa la finca
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. La sentencia recurrida , rectificada por auto de 5 de abril de 2022, señala en su parte dispositiva establece:
"Que con ESTIMACIÓN de la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Mauricio Gordillo Alcala en nombre y representación de SAREB SAU, declaro haber lugar al desahucio por precario de Magdalena e ignorados ocupantes que ocupan ilegítimamente la vivienda sita en el BARRIO000, del término municipal de Tarragona (Tarragona), DIRECCION000, núm. NUM000, con referencia catastral NUM001, Finca Registral NUM002 inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 3 de Tarragona, y condeno a Magdalena e ignorados ocupantes que ocupan ilegítimamente la vivienda sita en el BARRIO000, del término municipal de
Tarragona (Tarragona), DIRECCION000, núm. NUM000, con referencia catastral NUM001, Finca Registral NUM002 inscrita en
el Registro de la Propiedad núm. 3 de Tarragona a que dentro del plazo legal, dejen la finca libre, vacua y expedita a disposición de la actora, y sin derecho a ninguna clase de indemnización, con apercibimiento de lanzamiento si no lo verificare dentro del plazo legal.
Y con expresa imposición de costas a los demandados ".
SEGUNDO . Contra la sentencia antes referida se ha interpuesto recurso de apelación por la representación procesal de doña Magdalena al cual se ha opuesto LA SOCIEDAD DE GESTION DE ACTIVOS PROCEDENTES DE LA REESTRUCTURACION BANCARIA SA en base a los argumentos que se recogen en sus respectivos escritos de Apelación y oposición.
Se designó ponente a la Magistrada doña Raquel Marchante Castellanos
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