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Propiedad Horizontal

AP Madrid, Sec. 13.ª, 450/2009, de 6 de octubre. Recurso 857/2008

Ponente: MODESTO DE BUSTOS GOMEZ-RICO
SP/SENT/492283
Gestión Documental
 Las abstenciones no deben tenerse en cuenta para el cómputo de los votos y de los asistentes a la Junta en la que se ha adoptado el acuerdo comunitario
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 Ilegalidad de la apertura de una puerta en la fachada del edificio ya que la obra que afecta a un elemento común se realizó por el comunero sin el consentimiento del resto de propietarios
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1, de los de Pozuelo de Alarcón, en fecha dieciséis de junio de dos mil ocho , se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimo la demanda presentada por la procuradora de los tribunales Doña Rosa Redondo Robles actuando en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL DE DIRECCION000 contra Don Rodrigo y Doña Esmeralda y; 1) debo declarar y declaro el incumplimiento estatutario de los demandados con respecto a las obras inconsentidas y realizadas en elementos comunes en unión de instalaciones, igualmente inconsentidas y sin autorización, igualmente en elementos comunes, 2) Que se condene a los cónyuges demandados a reponer los elementos comunes afectados a su estado inicial y en concreto a cerrar el hueco en fachada y puerta corredera, abierta en el exterior del centro comercial al desmantelamiento y retirada de la terraza de veladores en zona exterior común, al desmantelamiento y retirada del toldo en techo y laterales en la citada terraza en zona exterior común y el desmantelamiento y retirada de arco rehierro en terraza interior en zona común y la retirada de un recreativo futbolín en zona común de paso. Y todo ello con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada".
En fecha veinticuatro de julio de dos mil ocho se dicta auto aclarando la anterior sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "SE CO
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