Tribunal Militar Central{Sede}Madrid{Secc}1.ª, Madrid, Sala , Sec. 1ª, n.º , 123/2021, de 28 de septiembre. Recurso 48/2020
Ponente: FRANCISCO LUIS PASCUAL SARRIA
SP/SENT/1145948
Sanción por falta de valoración policial de evolución de riesgo a la víctima que fue a denunciar un incumplimiento de la orden de alejamiento y que posteriormente se fue sin que le dijeran que esperara a su realización
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Incumplimiento de la normativa de atención a la víctima de violencia de género, no atendiéndola, dejándola irse sin hacer la valoración y haciéndola posteriormente el acusado sin presencia de la víctima
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Gravedad de la negligencia al faltar el demandante de manera grave y manifiesta a la verdad en la elaboración de la valoración de la evolución del riesgo en un supuesto de violencia de género, con riesgo para la vida e integridad de la víctima
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El recurrente impugna en el presente proceso la resolución de la Sra. Directora General de la Guardia Civil de fecha 19 de mayo de 2020, que agotó la vía administrativa al confirmar en alzada el acuerdo del Coronel Jefe interino de la 2ª Zona de la Guardia Civil de Castilla-La Mancha de 07 de noviembre de 2019, que le impuso la sanción de UN MES DE SUSPENSIÓN DE EMPLEO como autor de una falta grave consistente en " La negligencia grave en el cumplimiento de las obligaciones y las órdenes recibidas", infracción prevista y sancionada en los artículos 8, apartado 33, y 11.2 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil (en adelante, LORDGC).
SEGUNDO.- El recurso se interpuso mediante escrito que tuvo entrada en este Tribunal Militar Central el día 22 de abril de 2020, procediéndose mediante diligencia del 30 de abril siguiente a la designación de vocal ponente, y a la reclamación del expediente disciplinario NUM001, que se recibió con fecha 17 de junio de 2020.
TERCERO.- Admitido a trámite el recurso por diligencia de ordenación de 17 de junio de 2020, el actor formuló demanda con fecha 10 de julio siguiente, en la que achaca a las resoluciones impugnadas, indefensión por infracción del art. 57.2 de la LORDGC; infracción del art. 47.4 de la norma disciplinaria; vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia proclamado en el art. 24.2 de la Constitución, por inexistencia de prueba de cargo; aplicación del principio " in dubio pro reo"; insuficiencia probatoria de la declaración de testigos y de la víctima; y, quebranto del principio de legalidad, en su vertiente de tipicidad, suplicando en consecuencia de la Sala la anulación de aquéllas por contraria