Administrativo
TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, 629/2022, de 26 de mayo. Recurso 264/2021
Ponente: INES MARIA HUERTA GARICANO
SP/SENT/1148969
RESUMEN
Desestimación responsabilidad patrimonial del Estado Legislador por declaración de inconstitucionalidad. Plusvalía (STC 126/19)-Inexistencia decremento.
Desestimación responsabilidad patrimonial del Estado Legislador por declaración de inconstitucionalidad de la plusvalía municipal: requiere diferenciar entre el valor del suelo y el valor de la construcción
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Interpuesto el precitado recurso, admitido a trámite y recibido el expediente administrativo, la representación procesal de la actora, formalizó demanda en la que, tras acreditar el cumplimiento -no cuestionado por la Administración- de los presupuestos legalmente establecidos ( art. 32 de la Ley 40/15) para la viabilidad de la acción de responsabilidad patrimonial del Estado Legislador, afirma que ""el núcleo del litigio, la cuestión esencial y decisiva, es determinar si a los efectos de calcular el beneficio real obtenido con la venta del inmueble deben tenerse en cuenta los gastos inherentes a las operaciones de compra y de venta, tal y como sostiene esta parte demandante, o si solamente deben tenerse en cuenta los precios de compra y de venta tal como sostiene la Administración"". Recuerda que el supuesto fáctico de la STC 126/2019, de 31 de octubre de 2019, es idéntico, y tras transcribir parcialmente la sentencia que declaró inconstitucional el art. 107.4 del TRLHL por vulnerar el principio de capacidad económica y la prohibición de confiscatoriedad en aquellos supuestos en los que la cuota a pagar es superior al incremento patrimonial obtenido por el contribuyente, deduce -de los antecedentes de Hecho de esa Sentencia- que para determinar la existencia -o no- de un incremento en la venta han de tomarse en consideración las cantidades netas de la adquisición y de la venta, es decir descontándose de esos precios los gastos e impuestos pagados.