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TS, Sala Cuarta, de lo Social, 332/2021, de 22 de marzo. Recurso 89/2019

Ponente: ROSA MARIA VIROLES PIÑOL
SP/SENT/1097338
RESUMEN

TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES. DERECHO A LA LIBERTAD SINDICAL. Se impugna por el sindicato ASEPAN la práctica empresarial que entiende impide a parte de los trabajadores de la plantilla de la empresa el acceso a través de Internet a páginas Web de contenido sindical, discriminándolos respecto a sus compañeros, a los que la empresa les facilita dicho acceso, por considerar que vulnera los derechos fundamentales de los trabajadores. Se aprecia vulneración del Derecho a la libertad sindical. La empresa no justifica el distinto trato a determinados trabajadores. Se estima el recurso.

Gestión Documental
 AENA: vulneración de la libertad sindical y de la igualdad de trato; empresa que impide a parte de los trabajadores de la plantilla de la empresa acceder a través de Internet a páginas web de contenido sindical
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por la representación del Sindicato Asociación Española de Profesionales de la Gestión Aeroportuaria y de la Navegación Aérea se presentó demanda por vulneración de derechos fundamentales de la que conoció la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, y en la que tras exponer los hechos y motivos que estimaron de aplicación se terminó por suplicar se dicte sentencia: "declarando dicha decisión vulneradora de los derechos fundamentales de los trabajadores a los que no les autoriza el acceso a Internet condenando a la empresa a reparar los derechos fundamentales de los trabajadores, facilitando de forma general el acceso a las páginas web de contenido sindical a toda la plantilla de la empresa. Condenando, asimismo, a la empresa a comunicar a todos los trabajadores de que pueden acceder sin discriminación a las paginas web de carácter sindical."
SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda se celebró el acto del juicio, con la intervención de las partes y el resultado que se refleja en el acta que obra unida a las actuaciones. Recibido el pleito a prueba se practicaron las propuestas por las partes y declaradas pertinentes.
TERCERO.- Con fecha 11 de febrero de 2019 se dictó sentencia por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en la que consta el siguiente fallo: "Previa desestimación de la excepción de falta de legitimación activa desestimamos la demanda deducida por ASEPAN contra AENA a la que absolvemos de los pedimentos contenidos en la misma."
CUARTO.- En dicha sentencia se declararon probados los siguientes hechos:
" PRIMERO.- ASEPAN es un sindicato de trabajadores, que acredita únicamente 4 de los 21 componentes del comité de empresa
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