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TS, Sala Primera, de lo Civil, 17/2007, de 24 de enero. Recurso 4278/1999

Ponente: IGNACIO SIERRA GIL DE LA CUESTA
SP/SENT/109180
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 En el momento del reconocimiento médico no existió constancia de la trombosis venosa profunda y la realización de la flebografía no hubiera evitado el desenlace
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Ante el Juzgado de Primera Instancia número Nueve de Granada fueron vistos los autos, juicio de menor cuantía nº 940/1998 , promovidos a instancia de Don Marco Antonio y Doña Margarita contra el doña Amparo y el Servicio Andaluz de Salud sobre reclamación de cantidad derivada de responsabilidad extracontractual por negligencia sanitaria.
Por la parte actora se formuló demanda arreglada a las prescripciones legales, en la cual se solicitaba, previa alegación de los hechos y fundamentos de derecho, que se dictara sentencia por la que se declarase la responsabilidad solidaria de los demandados, condenando a los mismos al pago de la cantidad reclamada de 18.000.000 de pesetas, intereses legales y costas del procedimiento.
Admitida a trámite la demanda, el codemandado Servicio Andaluz de Salud contestó alegando como hechos y fundamentos de derecho los que estimó oportunos, y terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia en la que se desestimase la demanda en todas sus partes por no considerarla ajustada a derecho.
La codemandada doña Amparo contestó alegando como hechos y fundamentos de derecho los que estimó oportunos, y terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia en la que se desestimase la demanda, con expresa imposición de costas a la actora.
Por el Juzgado se dictó Sentencia con fecha 10 de octubre de 1998 , cuya parte dispositiva es como sigue: "Desestimando la