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SP/DOCT/114443

Opinión. Octubre 2021

La rehabilitación energética de los edificios. Modificación de la LPH. Primeras reflexiones y muchas dudas

María José Polo Portilla. Directora de Sepín Propiedad Horizontal. Abogada
RESUMEN

Consideraciones sobre la modificación de la LPH, regla 2 del articulo 17. ¿Qué mayoría se requiere para la adopción de los acuerdos previstos en el citado precepto legal? ¿Cómo se computa el límite que se fija en esta reforma?, en el caso de superarlo ¿Qué quorum seria el aplicable?

Considerations on the modification of the LPH, rule 2 of article 17. What majority is required for the adoption of the agreements provided for in the aforementioned legal precept? How is the limit set in this reform computed? In the event of exceeding it, what quorum would be the applicable one?

PALABRAS CLAVE

Obras o actuaciones que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética. Implantación de fuentes de energía renovable de uso común. Solicitud de ayudas y subvenciones, préstamos o cualquier tipo de financiación por parte de la Comunidad de propietarios.

Works or actions that contribute to the improvement of energy efficiency. Implementation of renewable energy sources for common use. Application for aid and subsidies, loans or any type of financing by the Community of owners.

Gestión Documental
El Real Decreto-Ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, (SP/LEG/35241), con entrada en vigor el 6/10/2021, ha modificado, en el artículo 2 del Título único, el artículo 17.2 de la Ley de Propiedad Horizontal 49/1960, de 21 de julio.
Teniendo en cuenta que el sector de la actividad de rehabilitación residencial en nuestro país se caracteriza por un menor ritmo que en los principales países de nuestro entorno, no tenemos duda de que la pretensión del legislador ha sido la de facilitar este tipo de actuaciones, para las que se ha considerado necesario contar con el preceptivo acuerdo comunitario que, además, es uno de los requisitos a presentar para poder obtener las ayudas, según establece el art. 32.d.2)º del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia con entrada en vigor el 7/10/2021 (SP/LEG/35244).
Así, para facilitar este tipo de actuaciones, además de las medidas fiscales, nos encontramos con otras, como la que ahora se comenta, de modificación de la LPH, que introduce un último párrafo al art. 17.2 de la LPH, señalando: "La realización de obras o actuaciones que co
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