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Administrador de Fincas

SP/SENT/1148832

AP Madrid, Sec. 18.ª, 103/2022, de 10 de marzo

Recurso 638/2021. Ponente: MARGARITA ROSA MARISCAL DE GANTE Y MIRON.
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 El aumentar la contribución a los gastos de una anualidad no supone alteración del reparto de gastos y por tanto debe consignarse la cantidad adeudada por el comunero para la impugnación de dicho acuerdo
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ANTECEDENTES DE HECHO
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
PRIMERO.- Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de San Lorenzo de El Escorial, en fecha 18 de enero de 2021, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimo la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Doña Rosa María Redondo Robles, en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS sita en la CALLE000 número NUM000 de El Escorial y en su mérito condeno a URBESCO S.A. a abonar a la parte actora la cantidad de 4.936,02 euros.
Dicha cantidad devengará el interés legal del dinero desde la interpelación judicial (24 de octubre de 2.016) y el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde sentencia.
Desestimo la demanda reconvencional formulada por el Procurador de los Tribunales Don Antonio de Benito Martín, en nombre y representación de URBESCO S.A. y en su mérito absuelvo a la Comunidad de Propietarios sita en la CALLE000 número NUM000 de El Escorial de todos los pedimentos formulados en la demanda reconvencional.
Con condena en costas a la parte demandada".
SEGUNDO.- Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
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