Administrador de Fincas
AP Madrid, Sec. 12.ª, 263/2022, de 1 de julio. Recurso 723/2021
Ponente: MARIA JOSE ROMERO SUAREZ
SP/SENT/1159289
El hecho de que los locales estén exentos de contribuir a determinados gastos en relación a determinados elementos comunes no conlleva que se les prive de su derecho de voto respecto de obras a realizar en dichos elementos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.
SEGUNDO.- Por Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 11 de marzo de 2021, cuyo fallo es el tenor siguiente:
"SE ESTIMA PARCIALMENTE la demanda formulada por CRISTALERÍAS DE LA TORRE RODRÍGUEZ SL. y DON Benjamín contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 Nº NUM000 DE MADRID declarando la nulidad de los dos acuerdos adoptados en la Junta de propietarios celebrada el día 24 de julio de 2018 y la nulidad de los acuerdos adoptados en los apartados C) y D) del punto 4º del Acta de la Junta celebrada el 20 de febrero de 2019, desestimando el resto de las impugnaciones y no realizándose expresa imposición de las costas a ninguna de las partes."
TERCERO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, dándose traslado a la otra parte, que se opuso, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 15 de junio de 2022, en el que ha tenido lugar lo acordado.
CUARTO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
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