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AP Asturias, Gijón, Sec. 7.ª, 203/2023, de 4 de abril. Recurso 886/2021

Ponente: JOSE MANUEL TERAN LOPEZ
SP/SENT/1189122
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 No es nula la convocatoria a la junta por falta de notificación alegando que la comunidad conocía el domicilio del impugnante por otro procedimiento previo cuando nunca comunicó formalmente domicilio alternativo de notificaciones
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA 11 DE GIJON, se dictó sentencia con fecha 18 de octubre de 2021 en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO LPH 149.1.8 nº 574/19 del que dimana este recurso, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
"La desestimación de la demanda formulada por Dª María Eugenia Castañeira Arias, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de Dº Bartolomé, Dª Delia y Dª Carla, Dª Elsa y Dª Elisabeth, absolviendo a la demandada, la Comunidad de Propietarios de los edificios Nº NUM000 de la c/ DIRECCION000 y Nº NUM002 de la c/ DIRECCION001, de Gijón, de las pretensiones contra ella ejercitadas; y condenando a los demandantes, Dº Bartolomé, Dª Delia y Dª Carla, Dª Elsa y Dª Elisabeth, a las costas de este procedimiento."
SEGUNDO.- Notificada dicha resolución a las partes, por la representación procesal de D. Bartolomé, Dª Delia, Dª Edurne, Dª Elisabeth y Dª Elsa, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, el cual, admitido a trámite y elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del mismo, se formó el correspondiente Rollo de Sala y personadas las partes en legal forma, se siguió el recurso por sus trámites, señalándose para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo el día 2 de noviembre de 2022.
TERCERO.- En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.
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