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TS, Sala Primera, de lo Civil, 619/2013, de 10 de octubre. Recurso 1161/2011. Con Comentarios

Ponente: XAVIER OCALLAGHAN MUÑOZ
SP/SENT/738263
Gestión Documental
 La Comunidad no puede denegar la autorización para la supresión de barreras, en este caso, la instalación de una silla/grua para el acceso a la piscina
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- 1.- El Procurador D. Francisco Javier Zacares Escriva, en nombre y representación de D. Benjamín y Dª Zulima interpuso demanda de juicio ordinario contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL DIRECCION000 DIRECCION001 y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al juzgado se dictara sentencia en la que se declare la nulidad del acuerdo alcanzado en la Junta por el que no se autoriza a mis representados a instalar en la piscina la silla grúa necesaria, dictando en su lugar otro por el que se declare la obligación de la demandada a autorizar la instalación interesada por la actora, todo ello con expresa imposición de costas a la demandada.
2.- El procurador D. Joaquín Muñoz Femenía , en nombre y representación de Edificio DIRECCION000 , Bloque DIRECCION001 , contestó a la demanda oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación y terminó suplicando al Juzgado dictase en su día sentencia por la que se desestime íntegramente la demanda, con imposición de las costas a la parte demandante.
3.- Practicadas las pruebas, las partes formularon oralmente sus conclusiones sobre los hechos controvertidos. La Iltma. Sra. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Gandía, dictó sentencia con fecha 3 de junio de 2009 , cuya parte dispositiva es como sigue: FALLO : QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por D. Benjamín y Dª Zulima , representados por el Pr
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