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TS, Sala Primera, de lo Civil, 321/2016, de 18 de mayo. Recurso 1131/2014. Con Comentarios

Ponente: XAVIER OCALLAGHAN MUÑOZ
SP/SENT/854896
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 Se reitera como doctrina jurisprudencial que el comunero tiene legitimación activa para iniciar la acción de cesación del art 7 LPH en beneficio propio ante la inactividad del presidente o de la junta
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El procurador don Jesús Jacobo Martínez Melón, en nombre y representación de don Jose Carlos interpuso demanda de juicio ordinario, contra doña Herminia y don Carmelo , administrador de la entidad Conferadar, S.L. y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado dicte sentencia por la que condene:
«A) A doña Herminia , en su condición de propietaria de la vivienda NUM000 NUM001 , que proceda a la ejecución de las obras necesarias para la retirada de las estructuras metálicas instaladas sobre la cubierta del edificio en la terraza oeste, así como del tendedero instalado en la terraza noroeste (patio de luces), dejando en ambos casos las mismas en su estado original. Asimismo que proceda a cesar en la actividad de cría y tenencia de aves, actividad que desarrolla en la caseta instalada en la terraza oeste sita en la fachada posterior del edificio, así como en el patio interior, procediendo al desalojo de las aves que allí se encuentren. B) A D. Carmelo , administrador de la entidad Conferadar SL, en su condición de propietaria de la vivienda 1° E, que proceda a la ejecución de la obra necesaria para la retirada del tendedero instalado en la terraza noroeste (patio de luces), dejando el mismo en su estado original. C) Todo ello con imposición de costas a las partes codemandadas».
SEGUNDO.- El procurador don Gabriel Santos Conde, en nombre y representación de doña Herminia
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