Opinión - Gema Murciano Álvarez Redacción Jurídica de Sepín. Analista y gestora de conflictos. Abogada
En la actualidad, cuando se da la existencia de animales de compañía tras la ruptura del vínculo matrimonial, no existen medidas específicas para establecer disposiciones concretas como pudieran ser un régimen de visita o de custodia. Ante esta situación, además de poder acudir a la respuesta judicial, existe la posibilidad de hallar una solución extrajudicial a través de la mediación.
Opinión - Samuel de Huerta Hernández Director de Sepín Fiscal. Abogado
Artículo Monográfico - María José Achón Bruñén. Doctora en Derecho Procesal
DGRN, 28-3-2019
TS, Sala Segunda, de lo Penal, 10-4-2019
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