N.º 247 - Octubre 2024
Opinión - María José Polo Portilla. Directora de Sepín Propiedad Horizontal. Abogada
Si el promotor no ha vendido la totalidad de las propiedades, seguirá siendo un propietario más, con los mismos derechos y obligaciones; por eso, entre estas últimas, estará la de abonar los gastos comunes, pues, en caso contrario, no tendrá ni derecho de voto ni podrá impugnar judicialmente los acuerdos, salvo que proceda al pago de la totalidad de la deuda debida o la consignación judicial de la mismas, pero, ¿con qué problemas se puede encontrar la Comunidad en estos supuestos?
Artículo Monográfico - Paula Vicente-Arche Coloma. Profesora Titular Derecho Financiero y Tributario. Universidad Miguel Hernández de Elche
Jurisprudencia Comentada - Alejandra Barreno Fernández. Redacción Jurídica de Mercantil, Concursal y Bancario
TS, Sala Primera, de lo Civil, 24-9-2024
TS, Sala Cuarta, de lo Social, 24-9-2024
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Socia fundadora Boldrentals. Abogada especializada en Derecho Turístico
Begoña Costas de Vicente.
Directora de Sepín Apartamentos y Viviendas de Uso Turístico
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