N.º 118 - Septiembre 2021
Opinión - Begoña Costas de Vicente. Directora de Sepín Arrendamientos Urbanos. Abogada
El RDL 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes, en su disposición adicional segunda, establece este derecho a los arrendadores y propietarios de los artículos 1 y 1 bis del RDL 11/2020, de 31 de marzo, que han sido afectados por la paralización o suspensión del desahucio o lanzamiento de arrendatarios u ocupantes en situación de vulnerabilidad durante la pandemia. El Real Decreto-ley 16/2021, de 3 de agosto modifica el anterior RDL 37/2020, de 22 de diciembre, en su disposición adicional segunda y amplía el plazo para solicitar compensación hasta el 30 de noviembre de 2021
Artículo Monográfico - Julián López Martínez. Director de Sepín Administrativo. Abogado
Jurisprudencia Comentada - Eduardo de Urbano Castrillo. Magistrado de la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Madrid. Doctor en Derecho
TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 23-7-2021
TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 7-7-2021
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