N.º 54 - Marzo 2020
Opinión - Alberto Torres López Director Jurídico de Sepín. Abogado. Presidente de la Sección de Arrendamientos Urbanos, Propiedad Horizontal e Inmobiliario ICAM
¿Debemos decir a nuestros clientes arrendatarios que dado que nos hallamos ante una situación de fuerza mayor pueden dejar de pagar la renta?. Del mismo modo, ¿podemos indicar a los que son propietarios que esta situación, excepcional y no voluntaria para ninguna de las partes, no va a afectar a su derecho a cobrar íntegramente la renta?
Artículo Monográfico - José Mª Fernández Abella. Juez sustituto adscrito al TSJ de Galicia.
Opinión - María José Polo Portilla Directora de Sepín Propiedad Horizontal. Abogada
AP Madrid, Sec. 30.ª, 25-11-2019
AP Barcelona, Sec. 4.ª, 13-1-2020
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