N.º 82 - Noviembre 2020
Opinión - Iciar Bertolá Navarro. Directora de Sepín Obligaciones y Contratos
Tras la declaración del estado de alarma como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el Covid-19 se produjo la suspensión de los plazos de prescripción y de caducidad sustantivos, dichos plazos estuvieron suspendidos durante 82 días, y este hecho ha producido la modificación del plazo de prescripción de las acciones personales, que estaba previsto para el pasado 7 de octubre y que actualmente hay que fijar en el 28 de diciembre de 2020, fecha clave para la prescripción de deudas
Artículo Monográfico - Miguel Guerra Pérez. Abogado. Director de Sepín Proceso Civil
Jurisprudencia Comentada - Luis María Uriarte Valiente. Fiscal de la Fiscalía Especial Antidroga. Miembro de la Asociación de Fiscales
TS, Sala Primera, de lo Civil, 5-10-2020
TS, Sala Segunda, de lo Penal, 1-10-2020
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