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N.º 238 - Julio 2024

  • candado abierto  ¿Constituye la acción colectiva una vía procesal adecuada para realizar el control de transparencia de cláusulas suelo?

    Jurisprudencia Comentada - Iciar Bertolá Navarro. Directora de Sepín Consumidores y Usuarios, Obligaciones y Contratos y Derechos Reales

    Análisis de la sentencia del TJUE de 4-7-2024, asunto C-450/22 por la que se declara que los artículos 4 y 7.3 de la Directiva 93/13 permiten el control de transparencia de cláusulas contractuales en acciones colectivas contra numerosos profesionales del mismo sector económico, siempre que los contratos contengan la misma cláusula o cláusulas similares. Al llevar a cabo dicho control, el juez puede tomar en consideración la evolución de la percepción que el consumidor medio tiene de esas cláusulas, siendo pertinente la percepción existente en el momento de celebración del contrato

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