N.º 31 - Octubre 2019
Opinión - Iciar Bertolá Navarro Directora de Sepín Consumidores y Usuarios
Se trata de una categoría de préstamo personal que cuenta con una regulación que da a los consumidores una protección especial, dado que a este tipo de contratos le es aplicable la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo por la que se incorporó a nuestro ordenamiento jurídico interno la Directiva 2008/48/CE y que derogó la Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo.
Preguntas y Respuestas - Departamento Jurídico de Sepín Fiscal
Artículo Monográfico - Pedro-José Vela Torres. Magistrado de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo
TJCE/TJUE, 1-10-2019
TS, Sala Primera, de lo Civil, 13-9-2019
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