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N.º 182 - Marzo 2023

  • candado abierto  La exoneración del pago de los gastos comunes por no uso, ¿cómo interpretarla?

    Opinión - María José Polo Portilla. Directora de Sepín Propiedad Horizontal. Abogada

    Aunque en principio, todo comunero de un edificio en régimen de propiedad horizontal, está obligado a contribuir a los gastos comunes del inmueble conforme su cuota de participación, es posible que, en el Título o en los estatutos, incluso por acuerdo comunitario, se exonere a determinados propietarios de ciertos gastos porque no usan algunos elementos o servicios comunes y, son estos casos los que suelen generar dudas

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Samuel de Huerta Hernández. Director de Sepín Asesor Fiscal

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