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N.º 163 - Octubre 2022

  • candado abierto  ¿Puedo cambiar la vivienda de uso turístico a arrendamiento de temporada o residencial?

    Opinión - Begoña Costas de Vicente. Directora de Sepín Apartamentos y Viviendas de Uso turístico. Abogada

    Ante la situación de inestabilidad económica, es notable la disminución de usuarios de la actividad turística, si además se añade las obligaciones tributarias en desventaja con otras formas de alquiler y los problemas por molestias en las Comunidades de propietarios, muchos propietarios están optando por cambiar el destino de sus viviendas de uso turístico al de temporada o incluso residencial, ambos sometidos a la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994, o incluso al alquiler por habitaciones reguladas por el Código Civil. ¿Qué consecuencias tiene tal cambio? ¿Incurren en Infracción y cuál es, en su caso,la sanción?

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