N.º 105 - Mayo 2021
Opinión - Félix López-Dávila Agüeros. Director de Sepín Derecho Inmobiliario
El concepto de precario viene definido como aquel supuesto en el que un tercero posee un bien sin tener título válido para ello o que, siendo válido, se hubiera extinguido y sin pagar una renta o merced. Pero cuando nos encontramos ante un bien que pertenece a varias personas, ya se trate de coherederos o de copropietarios y uno de ellos está utilizando de forma individual el bien común ¿se puede acudir al desahucio por precario por el resto de cotitulares con el fin de terminar con ese uso exclusivo?
Jurisprudencia Comentada - Julián López Martínez. Director de Sepín Administrativo. Abogado
Artículo Monográfico - Carmen Sánchez Hernández. Profesora Titular de Derecho Civil. Facultad de Derecho. Universidad de Málaga
TS, Sala Segunda, de lo Penal, 8-4-2021
TS, Sala Primera, de lo Civil, 6-4-2021
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