Familia y Sucesiones
SP/DOCT/132
Artículo Monográfico. Enero 2002
Familia y Biotecnología
D. Antonio García Paredes
La inmersión diaria en los problemas más frecuentes del Derecho de Familia no debe impedir -sino que, por el contrario, hace recomendable- el que de vez en cuando se dirija la atención hacia zonas del Derecho en las que se tratan problemas que -a primera vista- podrían parecer lejanos, pero que su importancia requiere tenerlos en cuenta ante la inminencia de su aparición. No es que se trate de problemas originales o de visiones originales sobre ellos. En concreto sobre el tema de Familia y Biotecnología ha habido una abundantísima doctrina, concentrada sobre todo en los aledaños anteriores y posteriores de la Ley 35/1988, de Técnicas de Reproducción Humana Asistida. Sería suficiente remitirse a esa extensa bibliografía para hacer renacer la reflexión sobre la trascendental problemática que en ella se anuncia. Pero de la misma manera que -según se ha escrito- no existe la creatividad propiamente dicha, sino una cierta en la que, sobre elementos ya dados por otros, damos forma a una realidad nueva aunque no plenamente original, así en las reflexiones jurídicas -sin pretensión de originalidad- tal vez pueda conseguirse añadir a lo ya existente, algún matiz que permita adaptarlo, a las circunstancias nuevas que siempre suelen darse, y más en materias relacionadas con la ciencia y la técnica donde el cambio es mucho más frecuente y sensible que en las ciencias humanas.
1. LA NATURALEZA, LA FAMILIA Y EL DERECHO
Si en algo aparece vinculado de forma especial el hombre a la naturaleza es precisamente a través de la familia. Durante siglos los hombres han ido apareciendo y apareciendo sobre el Planeta Tierra por virtud de la unión de la pareja humana, antes incluso de que esa pareja humana -junto con sus hijos- fuese denominada matrimonio y familia. Y mucho antes de que las primeras leyes, orales o escritas, comenzaran a regular algunos aspectos de su interrelación.
El ser humano se sitúa en el mundo a través de sus progenitores, y por medio de ellos se sumerge también en la naturaleza, como ese conjunto de realidades interminables que hay en el universo. La materia cósmica llega a su síntesis personal en el hombre. Y este fenómeno sublime se realiza a través de la procreación humana, de la que son protagonistas insustituibles el hombre y la mujer. De ahí que el hombre sea primero naturaleza, luego familia, y -más tarde- venga el Derecho a tratar de que ese impulso vital de la naturaleza se mantenga, se garantice y se encamine hacia la felicidad del hombre mediante una convivencia en justicia. (Lo que no impide que en determinados casos lo que prevalezca sea el Derecho, aunque la naturaleza haya fallado o simplemente no se hayan empleado los mecanismos y posibilidades que ella ofrece).
Por eso, hasta los mismos antropólogos sostienen que «es evidente que no estamos hablando de relaciones puramente biológicas, de manera que una esposa está ligada instituc