Familia y Sucesiones
SP/DOCT/20089
Preguntas y Respuestas. Febrero 2016
¿Se perdería el derecho a la aplicación de la deducción, o a su pago anticipado, por el tiempo desde que caduca el título de familia numerosa hasta su renovación?
Departamento Jurídico de SEPIN. Fiscal
El art. 5 de la Ley 40/2003, de Familia Numerosa, dice que la condición de familia numerosa se acredita mediante el título oficial establecido al efecto que emite la CC. AA. de residencia del solicitante del reconocimiento de dicha condición.
Es decir, no se admite ninguna otra justificación para reconocer la condición de familia numerosa. Por tanto, el mes que no se disponga del título no se tiene reconocida la condición de familia numerosa y no se tiene derecho a la deducción ni pago anticipado.
Ahora bien, en el momento en que dicho título es renovado, se tendrá derecho a la deducción siempre y cuando, durante el plazo que no tiene título, siguiera siendo familia numerosa de acuerdo con la fecha de efectos del título renovado.