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Familia y Sucesiones

SP/DOCT/2072

Artículo Monográfico. Junio 2004

Identidad genética y derecho de la maternidad

Aurelia Mª Romero Coloma Abogada. Doctora en Derecho
Gestión Documental
1. Introducción
El tema que voy a abordar se centra en una difícil y compleja problemática: ¿Tienen las personas derecho a conocer su identidad genética? En otras palabras, ¿existe un derecho a conocer quién es la madre frente al derecho de guardar secreto de ésta?
Son, efectivamente, dos derechos enfrentados. ¿Cuál debe prevalecer? ¿Cómo pueden armonizarse ambos?
Este es el tema que abordo a continuación a través del análisis de una importante Sentencia, dictada por nuestro Tribunal Supremo, el 21 de Septiembre de 1.999, y de una Sentencia dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 13 de Febrero de 2.003.
A través del análisis de estas Sentencias, se pondrá de manifiesto la necesidad de salvaguardar, siempre y en todo momento, el interés y el beneficio de los hijos.
2. El secreto de la maternidad y la identidad genética
El derecho a la identidad genética parece, a primera vista, que no puede serle negado a nadie. Es decir; toda persona tiene, en principio, un derecho –que habría que calificar, sin duda, de fundamental– de saber quién es su madre, de quién procede, desde el punto de vista biológico. Si se negara este derecho, se estarían poniendo las bases para negar el conocimiento de las raíces más íntimas de una persona. Pero, cuando la madre quiere, por los motivos que sean, guardar en secreto su maternidad, entonces se plantea el conflicto.
La Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de Septiembre de 1.999 abordó esta compleja cuestión, a propósito de la facultad de la madre biológica de ocultar la circunstancia registral de la maternidad. Los Fundamentos Jurídicos de esta Sentencia van a ser objeto de estudio a continuación: “EL presente recurso expresa, como episodio relevante, la culminación de un conjunto de vicisitudes históricas que desembocan en la todavía no establecida identificación judicial de la menor, cuya filiación reclama su madre (pese a ser aquella plenamente identificable), a causa, sobre todo, de los entorpecimientos que han introducido en el esclarecimiento de los hechos los órganos administrativos correspondientes de la Junta de Andalucía y Consejería de Asuntos Sociales en Jaén, que figuran como parte demandada, contando, en ocasiones, con la activa cooperación de la representación del Ministerio Fiscal, ante los ór
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